ORDEN DE PAGO POR TRANSFERENCIA
Es un mandato u orden de transferencia de fondos al igual que los cheques, pero sin documento físico (como es el caso del cheque).
La entidad remisora se apoyará en otra del país del beneficiario para hacer dicha gestión de pago; generalmente esto se realiza a través de entidades corresponsales que mantienen cuenta entre sí, pero, en el caso de que se realice la transferencia en distinta divisa de la de origen/destino, se recurrirá a otro banquero corresponsal del país de la divisa en cuestión para que acredite su importe en la cuenta del pagador.
ORDEN DE ABONO
Es la más habitual, tratándose de que la entidad receptora de la transferencia abonará su importe en la cuenta del beneficiario automáticamente (sin consultarle), siempre que la orden contenga los datos identificativos de tal cuenta.
En nuestro país, es el CCC (compuesto por 20 dígitos) para operaciones domésticas, y para operaciones con el exterior es el IBAN(*) , que se compone de 24 dígitos: anteponiendo las letras “ES” más dos dígitos de control seguido de los 20 del CCC.
ORDEN DE PAGO
ORDEN DE PAGO SIMPLE
Desde la óptica del exportador es recomendable:
Solicitar que la transferencia se realice por SWIFT con lo que conseguirá que al ser en tiempo real el pago se efectúe de manera automática. También se evitará que se demore o extravíe lo que podría ocurrir si se enviara por correo.
Ofrecer al importador los elementos identificativos del banco español para facilitar la operación y ganar días de valoración.
ORDEN DE PAGO DOCUMENTARIA
TRANSFERENCIAS SEPA
SEPA o Área Única de Pagos en Euros, nace en la Unión Europea para dar un paso más en el modelo de mercado único. Al igual que las fronteras dentro de la UE han desaparecido para personas y mercancías, la creación de SEPA pretende que la transferencia de fondos entre los países miembros sea en la práctica igual que la transferencia de fondos dentro de cualquiera de los países.
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